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Buenos Aires, 19 de enero 2010
CONSULADO GENERAL DEL PERU
 
VISA DE TRÁNSITO AEROPORTUARIO EN FRANCIA

Se informa a la comunidad peruana que las autoridades francesas han indicado que los ciudadanos peruanos necesitan una “visa de tránsito aeroportuario” para circular por aeropuertos franceses. Sólo se encuentran exceptuados de esta medida:

  1. Los titulares de un pasaporte diplomático o especial
  2. Los titulares de una visa Schengen vigente
  3. Los titulares de una visa nacional vigente emitida por un país Schengen
  4. Los titulares de un carné de residente vigente emitido por un país Schengen, un país de la Unión Europea, de Andorra, de Canadá, de los  Estados Unidos, de Japón, de Mónaco, de Saint Martin o de Suiza
  5. Los tripulantes de compañías aéreas

 

Buenos Aires, 19 de enero de 2010